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FUNDAPYME - Recomendaciones y Preguntas Frecuentes

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¿Cree usted que los talleres de inducción, dictados por la institución, orientan al usuario en cuanto a la solicitud de credito?
 

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Recomendaciones y Preguntas Frecuentes Imprimir E-Mail
 
Image Dado que para nuestra institución es de vital importancia que el interesado en solicitar crédito minimice al máximo  los tiempos  para la consignación de los requisitos, efectúe la correcta presentación de los mismos, hemos establecido una serie de recomendaciones,  que refuerzan la información relacionada con nuestros programas, condiciones y políticas de financiamiento,  no olvide tomarlas en cuenta,  las mismas son entregadas por escrito durante el taller de inducción (ver servicios que ofrecemos) y presentadas a continuación:
 
 

 

RECOMENDACIONES PARA EL SOLICITANTE DE CRÉDITO EN FUNDAPYME

  • Se advierte a los interesados en tramitar financiamiento de  abstenerse en recurrir a intermediarios o gestores, dado que dicho trámite debe realizarse directamente por el interesado en esta Institución.

  • La recepción de documentos se realiza de acuerdo al programa de financiamiento: El día Lunes: programas Crediapyme y Promoción de Empresas; Martes: Artesanal y Profesionales y técnicos; Miércoles: Apoyo al Turismo y Organizaciones Asociativas. En el horario de 8:00 a.m. a 11:00 a.m.  y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

  • Solo se tramitarán solicitudes con la documentación completa.

  • FUNDAPYME, se reserva el derecho de verificar los documentos entregados, aquellos que contengan alteraciones, tachaduras, enmendaduras o sean ilegibles, carecerán de validez, por lo que todo solicitante deberá tener plena certeza de la autenticidad de los documentos que presente.

  • La recepción de la solicitud de crédito no obliga ni compromete a la aprobación de la misma.

  • Los solicitantes no deben realizar ninguna transacción ni negociación que comprometa al mismo hasta el momento de la liquidación; cualquier transacción o negociación realizada antes de este acto, queda bajo la exclusiva responsabilidad del solicitante.

  • Los solicitantes de crédito deben ser venezolanos o nacionalizados, cuya residencia deberá estar en el Estado Lara.

  • Los funcionarios públicos, no pueden solicitar financiamiento en Fundapyme, ni pueden ser fiadores.

  • La fianza de personas naturales (fiadores), deben ser venezolanos y residenciados en el Estado Lara. Deben reflejar solidez y solvencia en sus Balances, si es casado (a), debe presentar Balance mancomunado.

  • La Garantía Mobiliaria deberá presentar originales de las facturas y/o documentos de titularidad de los bienes ofrecidos.

  • En caso de financiamiento de maquinarias y equipos la Unidad de Auditoría se encargará de la revisión  de los mismos.

  • Las facturas de los bienes otorgados en financiamiento, no deben presentar tachaduras ni enmiendas y cumplir con la normativa vigente exigida por el SENIAT.  Las mismas serán consignadas al momento de la liquidación del crédito a la Gerencia de Administración y Finanzas.

  • A toda solicitud de crédito aprobada, se le descontará el 3% del monto aprobado para Asistencia Técnica.

  • El rubro Gastos de Tramitación, Protocolización y otros, contempla: Protocolización del documento de crédito, registro mercantil, avalúos de las garantías y de algunos permisos, los cuales podrán ser financiados por Fundapyme hasta por un monto máximo de Dos Mil Bolívares (Bs. F. 2.000,00). Las facturas que sirven de soporte, deben cumplir con la normativa establecida por el SENIAT.

  • El monto aprobado, así como el periodo de gracia y plazo de pago, puede ser inferior a lo solicitado; ello atendiendo a las recomendaciones del Análisis de Crédito, Comité Asesor de Crédito y Directorio.

  • La Gerencia de Proyecto y  Crédito es la única autorizada para informar si una solicitud de crédito está diferida, negada o aprobada, lo cual se manifestará por escrito.



Para complementar las recomendaciones antes señaladas encontrará una serie de preguntas frecuentes que comunmente son realizadas por el público en general.

 

¿Cuál es el alcance de FUNDAPYME?
Regionalmente: En todo el Estado Lara.
A quienes apoyamos: sector manufacturero(transformación - fabricación), servicio de apoyo a la manufactura, empresas que se desenvuelvan en el area turística,  artesanos,  profesionales y técnicos. Para mayor información visite en este portal la sección de Servicios que Ofrecemos,  específicamente Programas.
¿Puede un extranjero ser fiador?
NO, ya que debe ser venezolano y  residenciado en el Estado Lara


¿Cuál es el tiempo promedio de respuesta a una solicitud de crédito?
28 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de los requisitos,  al respecto es importante considerar que debe consignarse la totalidad de los recaudos de acuerdo al programa por el que califica, de lo contrario la solicitud no será procesada.Este tiempoe está supeditado a particularidades que puedan presentarse durante el proceso de revisión, análisis y aprobación.


¿Cualquiera de los solicitantes puede ser fiador?
No, la persona que servirá de fiador no debe tener obligación directa  con la figura legal que realiza la solicitud ya sea ésta una empresa o persona natural.
 
¿Existe financiamiento para la actividad de compra venta y comercialización?
No, ya que nuestro marco legal no lo permite,  por esta razón solo atendemos actividades manufactureras, servicio en apoyo a la producción, artesanos, profesionales y  técnicos universitarios.


¿Es necesario la presentación de un proyecto para la tramitación de una solicitud?
Si, consiste en un Plan de Negocios,  elaborado luego de que el solicitante efectúa Taller de Formación Empresarial  en TECNOPARQUE, o en su defecto sea avalado por dicha institución.


¿De qué manera se liquida un crédito?
Se emiten cheques a favor de proveedores, basados en presupuestos o proformas presentados por el solicitante de crédito, los cuales, deben cumplir con la normativa establecida por el SENIAT.


¿Un funcionario público puede solicitar financiamiento?
No, según el articulo 145 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual reza:   "... Quien esté al servicio de los Municipios, de los Estados, de la República y demás personas jurídicas de derecho público o de derecho privado estatales, no podrá celebrar contrato alguno con ellas, ni por sí ni por interpuesta persona, ni en representación de otro u otra, salvo las excepciones que establezca la ley."
 

¿Un funcionario publico puede ser fiador ante una institucion financiera del Estado?
No, según el articulo 145 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
 

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